| Ingreso |  

    RedPai

    Miembros

    Ver Más (41)

    Ingreed Velasquez
     
    alicia tatiana londoño vargas
    RubypolTS
     
    Andrea Mora

    Grupos

    Ver Más (0)

    Este Grupo no pertenece a otro grupo aun

    Conexiones

    Este Grupo aun no tiene conexiones.

RedPai

Tipo de grupo

Red

Descripción breve

Red de Protección a la Infancia

¿Quién soy?

La persona jurídica que se constituye se denomina RED DE PROTECCION A LA INFANCIA – BOGOTA Y CUNDINAMARCA que podrá abreviarse en la sigla REDPAI y en adelante se denominará REDPAI, es una corporación de derecho civil sin ánimo de lucro, sin filiación política ni religiosa, con fines de beneficio social creada y regida de conformidad con las normas de derecho privado, con las demás disposiciones pertinentes y con las normas aquí contenidas.

El domicilio de la REDPAI es la ciudad de Bogotá D.C. en la calle 44 # 17-29 Sin embargo, su campo de acción podrá extenderse a todo el territorio colombiano.

El término de duración de la REDPAI es de veinticinco (25) años a partir de la fecha de constitución. Su duración podrá prorrogarse mediante la correspondiente reforma estatutaria, pero podrá ser disuelta y liquidada antes de que cumpla su vigencia conforme a los presentes estatutos o por cualquiera de las causas previstas en la Ley.

En concordancia con la doctrina de la Protección Integral definida en la Constitución Política de Colombia, en el Código de Infancia y Adolescencia y en la Ley 12 de 1991 que aprueba la convención de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes como sujetos de derechos, REDPAI tiene como objeto apoyar a las instituciones miembros y a la familia en la garantía y condiciones para que los niños y niñas puedan ejercer sus derechos, contribuir con la prevención para que sus derechos no sean amenazados ni vulnerados y gestionar e impulsar ante las instituciones responsables del Estado por el restablecimiento de los derechos de los niños y las niñas cuando estos han sido violados.

La Redpai deberá incidir desde su papel de sociedad civil en el diseño y ejecución de las políticas públicas nacionales, departamentales, municipales o locales que tienen como fin asegurar la protección integral de los niños y niñas desde los componentes de promoción de derechos, garantía de derechos, prevención y restablecimiento de derecho.

a) Diseñar, ejecutar, evaluar y hacer seguimiento de proyectos, planes y programas de prevención, promoción e intervención social que aporten a la construcción de una cultura garante de los derechos de la niñez.
b) Liderar procesos de divulgación, promoción y educación que contribuyan al cumplimiento de la responsabilidad social frente a los niños, niñas, adolescentes y sus familias.
c) Desarrollar y fomentar investigaciones sobre infancia, que aporten a la construcción de conocimiento, con el propósito de retroalimentar y redireccionar las prácticas sociales que se desarrollan a nivel institucional.
d) Generar y participar en espacios de debate académico, político, técnico, legal, entre otros que propendan por la reflexión y transformación de prácticas sociales relacionadas con los temas de infancia y familia.
e) Hacer presencia activa en los diferentes escenarios sociales donde se trabaje en la formulación, desarrollo y vigilancia de políticas públicas de infancia.
f) Promover el desarrollo de acciones tendientes a fortalecer las instituciones miembros y mejorar permanentemente la calidad de sus servicios, cuyo objeto social implique o contenga la ejecución de programas afines o coherentes con la atención integral a la infancia.
g) Llevar la representatividad y generar posturas críticas frente a organismos privados y estatales de todos los niveles que diseñan políticas, lineamientos o decisiones que afecten la estabilidad y sostenibilidad de las instituciones miembros.
h) Generar espacios de comunicación interactiva entre los miembros de la REDPAI para analizar, reflexionar y construir de manera conjunta prácticas significativas y alternativas de intervención con y para la infancia.
i) Fomentar en las instituciones miembro, la cultura organizacional de revisión permanente de sus planes de atención institucional, con el propósito de vincular y articular proyectos transversales que propendan por la formación integral de niños, niñas, adolescentes y familias, que faciliten la materialización de la concepción de sujeto de derechos y el ejercicio de la ciudadanía.

REDPAI como tal no es una institución que preste servicios de bienestar familiar, sino que es un espacio de concertación que integra instituciones privadas, que pretende incidir, promover y fortalecer a las instituciones públicas y privadas que presten o no el servicio de bienestar, para que todas ellas aseguren la protección integral de los niños y niñas con quienes actúan directamente o indirectamente, de acuerdo con lo que se define en el objeto: promoción, garantía, prevención y reestablecimiento de los derechos de los niños y las niñas, incidiendo en los espacios de toma de decisiones políticas en todos los niveles.

En cumplimiento de su objetivo social, podrá realizar y celebrar todos los actos y contratos que se requiera y todas las actividades conexas y complementarias que sean necesarias y suficientes para tal fin. Podrá adquirir, gravar y enajenar toda clase de bienes inmuebles, muebles, celebrar contratos de cualquier índole, civiles, mercantiles, laborales o administrativos, abrir y manejar cuentas corrientes y/o de ahorros, librar, girar, protestar y cancelar títulos – valores, celebrar contratos de mutuo, con o sin intereses y toda clase de actos, convenios o contratos lícitos contemplados en las leyes, que no sean contrarios al objeto social de REDPAI y en general todo lo que la Asamblea de Miembros válidamente juzgue necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades.

La REDPAI podrá tener tres clases de miembros:
a) Miembros activos
b) Miembros pasivos
c) Miembros honorarios

MIEMBROS ACTIVOS. Podrán ser Miembros de la REDPAI de Protección Integral a la Infancia, organizaciones privadas, sin ánimo de Lucro, adscritas y/o vinculadas al Sistema Nacional de Bienestar Familia, legalmente constituidas, que sean admitidas formalmente en consideración a su objeto, si sus estatutos no contrarían a los de la REDPAI, ni los principios que la rigen, en particular su compromiso con la doctrina de la Protección Integral y la garantía de los Derechos del Niño, que hayan vivido un proceso de fortalecimiento institucional avalado por la REDPAI, que no tengan ningún obstáculo legal ni ético que les impida ser miembro. Dichas instituciones deben solicitar su ingreso, acreditar su existencia y representación legal ante el Comité Coordinador, quien lo presentará para su aprobación válida a la Asamblea de Miembros. Los miembros deben ceñirse al reglamento que se expida y conocer y cumplir estos estatutos.

REDPAI no es ni será responsable de las actuaciones o actividades particulares de sus miembros.

MIEMBROS PASIVOS. Serán designados por el Comité Coordinador como miembros pasivos, aquellos que habiendo sido miembros activos dejan de cumplir con sus compromisos en lo referente a los aportes económicos a la REDPAI, no se vinculan al trabajo de los diferentes comités, o dejan de asistir en forma regular a sus reuniones de Asamblea de Miembros, esto es faltar a más de la mitad de las reuniones pactadas durante el año o a tres sesiones en forma consecutiva. Los miembros pasivos, podrán participar en las Asambleas de Miembros, pero su presencia no será computada para efectos de la configuración de quórum deliberatorio, ni decisorio, y en desarrollo de las respectivas sesiones tendrán voz pero no voto. Los miembros pasivos recuperarán su calidad de activos, y así serán designados por el Comité Coordinador, cuando cumplan con sus compromisos en lo referente a los aportes económicos a la REDPAI, participen activamente en un Comité de trabajo, y asistan en forma regular a las reuniones de Asamblea de Miembros, esto es estar presente en la mitad de las reuniones pactadas durante el año o más de tres sesiones en forma consecutiva.

MIEMBROS HONORARIOS Podrán ser designados como miembros honorarios de la REDPAI, personas naturales o jurídicas que hayan prestado servicios de excepcional valor a la comunidad o a la propia REDPAI, y que compartan los principios y objetivos de ésta. Los candidatos serán presentados por el Comité Coordinador a la Asamblea de Miembros la cual decidirá válidamente sobre su vinculación. Los miembros honorarios no están obligados a pagar aportes o cuotas a la REDPAI. Serán convocados a las Asambleas de Miembros, pero su presencia no será computada para efectos de la configuración de quórum deliberatorio, ni decisorio y en desarrollo de las respectivas sesiones tendrán voz pero no voto.

Área de Trabajo

proteccion, redes, infancia

Dirección

Calle 36 # 6 - 25

Teléfono de trabajo

3231928

Ciudades

Bogotá

Departamentos

Cundinamarca

Países

Colombia

Dirección página web oficial

http://www.redpai.org